El Departamento de Seguridad Pública (DSP) favoreció hoy lunes, 14 de marzo de 2022, la aprobación de una medida cameral que busca crear una nueva ley reguladora sobre la venta y uso de pirotecnia o fuegos artificiales en Puerto Rico.
El Proyecto de la Cámara 584 – presentado por los representantes Ángel Bulerín Ramos y Carlos “Johnny” Méndez Núñez – propone derogar la Ley de la Pirotecnia de Puerto Rico (Ley 83-1963), con el fin de establecer, en su lugar, la “Ley sobre la Venta y Uso de Pirotecnia y Fuegos Artificiales en Puerto Rico”.
Este nuevo estatuto reglamentará la tenencia, fabricación, manufactura, venta, distribución y expedición de licencias y permisos para el uso de pirotecnia o fuegos artificiales en la isla, debido a que, según la exposición de motivos de la pieza legislativa, la Ley 83 no es lo “suficientemente clara” en su intención sobre los diferentes artefactos en el mercado de hoy día y no está acorde con las regulaciones federales.
Tanto el Negociado de la Policía, como el Negociado del Cuerpo de Bomberos sugirieron, en una ponencia compartida, que el proyecto incorpore enmiendas en el lenguaje para evitar la duplicidad de esfuerzos en las agencias que regulan el uso y disposición de estos artefactos.
“Lo que queremos evitar es la duplicidad. En este caso, lo que es nuestro deber y responsabilidad mayormente va dirigido a hacer la inspección también. Por ende, que se pueda solicitar el permiso, para el uso de fuegos artificiales profesionales en específico, a través del Cuerpo de Bomberos, y nosotros (en el Negociado de la Policía) podamos hacer la inspección de campo y que se cumpla con la licencia de explosivos”, explicó el teniente Ismael Cartagena, director de la División de Explosivos en la Policía.
Sin embargo, Cartagena indicó a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara, presidida por el representante Luis “Narmito” Ortiz Lugo, que, a pesar de ser requerido por ley, muchas veces los Municipios no cumplen con las solicitudes anuales para uso de fuegos artificiales profesionales que deben ser expedidas por la Policía en conjunto con el Negociado de Bomberos. Estos casos se dan, particularmente, en las celebraciones de las tradicionales fiestas patronales.
“Cuando hay fiestas patronales o alguna otra actividad, muchas veces nos hemos encontrado que no han notificado que van a tirar fuegos artificiales. Pero, entonces, como Bomberos tienes que inspeccionar la actividad, ahí se interviene con el productor y se le requiere (la solicitud)”, dijo el Director.
Cartagena informó que, de acuerdo con las estadísticas en la División de Explosivos, en el 2020 hubo cuatro situaciones reportadas a la Policía relacionadas con el uso indebido de pirotecnia. En el 2021 se registraron dos incidentes, siendo uno de ellos una fatalidad registrada en medio de las festividades por la Despedida de Año.
Mientras, un total de 14 casos, que incluía intervenciones con menores, fueron atendidos en el tribunal. Siete de esos casos fueron radicados bajo la Ley de Explosivos de Puerto Rico (Ley 134-1969) y la Ley 83 de Pirotecnia.
Ambos Negociados apoyaron la propuesta de duplicar las multas en casos que se ocupe más de 10 unidades de material de pirotecnia o fuegos artificiales prohibidos por ley. La persona estará expuesta a las penalidades correspondientes a un delito grave, cuya pena será dos años fijos, o una multa que no excederá de $10,000. Ambas penas podrán ser aplicables a discreción del tribunal.
“Es algo que en nuestra cultura llama la atención, pero, lamentablemente, ante la falta de orientación y demás es que han ocurrido los accidentes. (Aumentar las multas) podría ser un disuasivo. El propósito de esto es minimizar los accidentes y se refuerce la entrada de este tipo de material en los muelles”, manifestó Cartagena.
A la vista pública fueron citados el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Colegio de Abogados y Abogadas, y la Federación de Animales de Puerto Rico. No obstante, todas las entidades pidieron ser excusadas.
En una ponencia enviada a la comisión cameral, el DACO avaló la medida con la recomendación de que el secretario o secretaria de la agencia tenga la facultad de intervenir con la venta ilegal de artefactos pirotécnicos y fuegos artificiales.
“Sobre este Proyecto de la Cámara 584 se abrieron las puertas a todos los sectores, tanto económicos, como de seguridad, a que se expresaran sobre el mismo. Con la vista pública realizada en el día de hoy hemos cumplido con dicho propósito”, expresó el representante Ortiz Lugo al finalizar la vista pública.